Los Derechos Humanos son los atributos, prerrogativas y libertades que se le reconocen a un ser humano por el simple hecho de serlo, e indispensables para una vida digna. Sin ellos no es posible un desarrollo civilizado de personas y de pueblos, en el que prevalezcan la libertad, el respeto al derecho del otro, la justicia, la equidad, la tolerancia y la solidaridad.
La Declaración Universal de Los Derechos Humanos es un acontecimiento renovador. Constituye la más grande prueba histórica de consenso mundial sobre un determinado sistema de valores, aceptado libre y expresamente, a través de los estados nacionales, por la mayor parte de las mujeres y los hombres que habitan la Tierra.
Los derechos humanos han sido reconocidos como garantías individuales y sociales en las normas jurídicas de la historia moderna; por ejemplo, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la particular de Jalisco, en las convenciones y tratados internacionales, en su mayoría suscritos por el Ejecutivo federal y ratificados por el Senado de la República, con plena vigencia como ley suprema, y en los principios universales del derecho.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró hace poco que los tratados firmados por México están por encima de las leyes federales y locales.
Los derechos humanos se fundamentan en la dignidad de la persona. Por eso todo ser humano, sin importar su edad, religión, sexo o condición social, goza de ellos.
Los derechos humanos son las facultades, prerrogativas y libertades fundamentales que tiene una persona por el simple hecho de serlo, sin los cuales no se puede vivir como tal.
El Estado no sólo tiene el deber de reconocerlos, sino también de respetarlos y defenderlos; concretar su actuación a los límites señalados por la ley, la cual le impone en determinados casos la obligación de no hacer o actuar con el fin de garantizar a los individuos la vigencia de sus libertades y derechos consagrados en la Constitución.
En otras palabras, los servidores públicos sólo podrán hacer aquello que la ley expresamente les faculta, a diferencia de los ciudadanos, que podrán hacer todo aquello que no les esté prohibido.
Este control pretende limitar la actuación de los agentes del Estado y evitar así arbitrariedades en su actuación.
CLASIFICACIÓN EN TRES GENERACIONES
Existen diversas formas de clasificar los derechos humanos; una de las más conocida es la llamada tres generaciones, en la que se toma en cuenta su protección progresiva.
Primera generación, o de derechos civiles y políticos
Surgen con la Revolución francesa como rebelión contra el absolutismo del monarca. Imponen al Estado el deber de respetar siempre los derechos fundamentales del ser humano:
• A la vida
• A la integridad física y moral
• A la libertad personal
• A la seguridad personal
• A la igualdad ante la ley.
• A la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión
• A la libertad de expresión y de opinión
• De resistencia y de inviolabilidad del domicilio
• A la libertad de movimiento o de libre tránsito
• A la justicia
• A una nacionalidad.
• A contraer matrimonio y fundar una familia
• A participar en la dirección de asuntos políticos
• A elegir y ser elegido a cargos públicos
• A formar un partido o afiliarse a alguno
• A participar en elecciones democráticas
Segunda generación, o de derechos económicos, sociales y culturales
La constituyen los derechos de tipo colectivo, los sociales, económicos y culturales. Surgen como resultado de la revolución industrial, por la desigualdad económica. México fue el primer país en incluirlas en su Constitución, en 1917.
Los derechos económicos, sociales y culturales surgen después de la segunda guerra mundial. Están integrados de la siguiente manera:
Derechos económicos
• A la propiedad (individual y colectiva)
• A la seguridad económica
Derechos sociales
• A la alimentación
• Al trabajo (a un salario justo y equitativo, al descanso, a sindicalizarse, a la huelga).
• A la seguridad social
• A la salud
• A la vivienda
• A la educación
Derechos culturales.
• A participar en la vida cultural del país
• A gozar de los beneficios de la ciencia
• A la investigación científica, literaria y artística
Tercera generación, o derechos de los pueblos o de solidaridad
Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones, así como de los distintos grupos que la integran. Se forma por los llamados derechos de los pueblos:
• A la paz
• Al desarrollo económico
• A la autodeterminación
• A un ambiente sano
• A beneficiarse del patrimonio común de la humanidad
• A la solidaridad